martes, 25 de mayo de 2010

Listas abiertas y libertad

El sistema electoral español, desde el Real Decreto-Ley 20/1977, de 18 de marzo, confirmado por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General de 1985, establece que las candidaturas que se presenten a las elecciones generales para el Congreso de los diputados serán cerradas y bloqueadas. Se dice que las listas están “bloqueadas” cuando el día de las elecciones los votantes no pueden cambiar el orden de los candidatos al ejercer su voto, por ejemplo, votar primero por el tercero de una misma lista, después por el primero, etc. Asimismo, las listas son “cerradas” cuando el votante no puede votar para diferentes escaños a candidatos que figuren en candidaturas diferentes (normalmente, de partidos diferentes).

Desde el comienzo de la democracia en nuestro país, este sistema ha sido objeto de numerosas críticas y diversos partidos políticos han propuesto en varias ocasiones la posibilidad de reformar el sistema electoral mediante el desbloqueo y apertura de las listas, argumentando que daría más “libertad de elección” a los votantes (por ejemplo, el PP durante los años 80) o que contribuiría a la regeneración democrática (UPyD en su Manifiesto Fundacional, http://www.upyd.es/servlets/VerFichero?id=11223). El 27-6-2008, el Congreso en sesión plenaria encargó al máximo órgano consultivo del Congreso, el Consejo de Estado, que elaborara un informe sobre las reformas en el sistema electoral español que diferentes partidos habían propuesto, siempre que se atuviesen al marco constitucional. En el informe, publicado el 24/2/2009 (http://www.consejo-estado.es/pdf/REGIMEN-ELECTORAL.pdf), entre otras muchas conclusiones, no se recomendaba la apertura y el desbloqueo de las listas electorales al Congreso, aduciendo que no tendrían efectos apreciables en la mejora del sistema electoral. Esta conclusión estaba basada en dos argumentos principales que a pesar de ser totalmente falaces, siguen empleándose en las discusiones sobre este tema hasta el punto de fundamentar una conclusión errónea por el mismo Consejo de Estado.

El primer argumento empleado figura en la página 207 del Informe (la cursiva es del autor de este artículo):

Es la propia naturaleza programática de las elecciones generales, más que el carácter cerrado y bloqueado de las listas electorales, lo que determina que los votantes (…) no presten atención a las cualidades personales de los candidatos…”.

O sea, en otras palabras, el hecho de que las listas electorales en nuestro país estén bloqueadas y cerradas es debido a que no hace falta que sean abiertas y desbloqueadas, ya que los votantes no prestan atención a las características de los candidatos particulares, sino al programa de los partidos que los incluyen, y esto es así porque en nuestro país los partidos políticos dan poca libertad de acción individual a los candidatos que componen su lista. Al ser el mismo programa electoral lo importante en la competencia electoral, y no qué personas integren la lista (ya que todas ellas se identifican plenamente con el programa del partido), los votantes no tienen incentivos a prestar atención a los candidatos individuales y no demandan la apertura y desbloqueo de las listas.

A primera vista, este argumento puede parecer sólido y convincente, pero sin embargo es totalmente falaz, ya que invierte completamente el orden de causalidad. Confunde la causa con el efecto. No es la naturaleza “programática” de las elecciones la que determina que los votantes no se preocupen en examinar a los candidatos individuales, sino que es precisamente el bloqueo y cierre de las listas lo que hace que los votantes no puedan influir en la elección de los candidatos individuales, y por tanto no se genera ningún incentivo en estos para diferenciarse mínimamente de las líneas programáticas del partido, ni en los aparatos de los partidos a incluir en las listas a candidatos con más aceptación popular. ¿Cómo sabemos que ésta y no la primera es la única dirección de causalidad auténtica? Pues simplemente por el orden en la toma de decisiones en cada elección. ¿Qué se decide antes, la composición de cada candidatura -junto con el programa electoral- de los partidos que se presentan a las elecciones generales o los votos de los votantes? –tanto si las listas son abiertas y desbloqueadas como si no lo son-. Obviamente son los partidos los que forman las candidaturas primero, luego son éstos los que querrán conocer las preferencias y opciones de voto de los votantes al diseñar sus candidaturas y no a la inversa. El desbloqueo y apertura de las listas amplia las opciones de los votantes y debería ejercer una influencia significativa en el diseño de las listas. Una vez que los votantes pueden seleccionar candidatos individuales de otras candidaturas, a los partidos les empezará a importar que los de su lista sean por lo menos tan atractivos como los de las demás, y los candidatos individuales tendrán incentivos a preocuparse por sintonizar más con los ciudadanos de los que ahora depende su elección, y no tanto a conseguir simplemente que el partido les incluya en la lista en una determinada posición.

Pasemos ahora el segundo argumento esgrimido por el Consejo de Estado para desaconsejar el desbloqueo y apertura de las listas electorales, en la misma página de su informe arriba citado:

“…la experiencia demuestra que, en los sistemas que utilizan listas abiertas y desbloqueadas, son muy pocos los electores que elaboran sus propias listas con nombres tomados de diferentes candidaturas (…), hasta el punto de que los resultados electorales en tales sistemas suelen diferir en muy pequeña medida de los que se obtendrían con las actuales listas cerradas y bloqueadas”.

Este nuevo argumento, relacionado con el anterior, es también falaz, pero de una forma aún más sutil. No confunde la causa con el efecto, sino que efectúa un juicio o valoración aparentemente correcto basándose en los efectos observados en la realidad con ambos sistemas de listas en el mundo. El Consejo expone la evidencia de que, en efecto, en los sistemas electorales donde las listas no están cerradas ni bloqueadas, se observa que muy pocos votantes realmente hacen uso de su libertad, eligiendo candidatos de diferentes listas o alterando el orden prefigurado por el partido. De esa observación deduce que la apertura de listas no ha tenido ningún efecto significativo en los resultados de las elecciones, y por tanto, no se trata de una reforma especialmente necesaria. Este argumento es también falaz, y lo ilustraré mejor con una parábola:

Imaginemos un pueblo con 100 habitantes que comen siempre fuera, donde solamente hay dos restaurantes-terrazas a elegir, uno al lado del otro. A la hora de la comida, una de las terrazas está siempre al sol y la otra siempre a la sombra. La terraza del sol ha invertido en una gran barbacoa y está especializada en carne, mientras que la terraza de la sombra posee una barca de pesca que le especializa en ofrecer pescado barato. La mitad de los habitantes prefieren comer a la sombra y la otra mitad prefieren comer al sol, lo que valoran mucho, pero también la mitad de cada grupo prefiere algo más la carne al pescado mientras que la otra mitad de cada grupo prefiere un poco más el pescado a la carne. Supongamos que somos uno de los 25 ciudadanos que preferimos el pescado y comer al sol y nos sentamos en la terraza del sol. Cuando el camarero nos trae la carta descubrimos que sólo se ofrecen dos platos: patatas y carne. Como aún así valoramos mucho estar al sol, no nos cambiaríamos de restaurante por eso, pero le preguntamos por la posibilidad de pedir solamente las patatas y pedir el pescado que sabemos que sirven a la terraza de sombra (ya que ambas terrazas se encuentran al lado una de la otra). El camarero nos responde que eso no puede ser: los dueños de los dos restaurantes han convencido al alcalde para que prohiba que alguien pida un solo plato de otra terraza que no sea aquella en la que se encuentra sentado. Resignados, nos tendríamos que conformar con comernos nuestra carne con patatas.

Imaginemos ahora que la prohibición de pedir platos a la otra terraza se elimina. Si enviáramos al día siguiente a un observador a ver qué cambios han ocurrido, observaría que cada ciudadano se sienta en su terraza habitual y que al cabo de un rato mirando la carta ninguno de ellos encarga absolutamente nada a la otra terraza. ¿Quiere eso decir que no ha habido ningún efecto o resultado de la liberalización de las comandas de las terrazas del pueblo y que por tanto ha sido inútil? Por supuesto que no: si nos acercamos a las dos terrazas y echamos un vistazo a sus menús, nos daremos cuenta de que ahora ambos menús incluyen: ¡patatas, carne y pescado! No es en las comandas donde se reflejan los efectos de la liberalización, sino en la composición de los menús. No es en los votos donde se revela el éxito de la apertura y desbloqueo de listas electorales, sino en la calidad de las candidaturas en la nueva situación. Asumir que la composición de las listas es la misma antes y después de la apertura de estas es falaz: como se han visto obligados a hacer los dos restaurantes del ejemplo para no perder beneficios, los partidos también tendrán que mejorar la calidad de sus menús de candidatos si no quieren que los votantes empiecen –esta vez sí- a utilizar su recién adquirida libertad.

La liberalización de las comandas ha conseguido de forma automática que la mitad de los comensales de cada restaurante hayan mejorado –ya que pueden comer su plato favorito en vez de su segunda opción sin tener que cambiar de terraza- y que la otra mitad se queden igual. Se trata, por tanto, del tipo de situación que los economistas llamamos una “mejora paretiana”: algunos están mejor y nadie ha empeorado. Resultaría absurdo defender que la liberalización no ha mejorado el bienestar de la comunidad en su conjunto.

En el mundo económico existen numerosas situaciones de este tipo. Por ejemplo, cuando dos países forman una unión económica o suprimen las barreras comerciales entre ambos, el bienestar de la población de ambos países será mayor aunque cada consumidor siga comprando los mismos productos locales a las mismas empresas nacionales de antes. Incluso aunque no aumente nada el comercio entre los dos países, la simple amenaza de la competencia obrará el milagro de limitar el poder de mercado de las empresas, hacer bajar los precios y aumentar la calidad de los productos ofertados en ambos países. El desbloqueo y apertura de las listas electorales es otro ejemplo del mismo fenómeno, y resulta dramático observar que incluso personas que se dedican profesionalmente a la política la juzgan equivocadamente al no entender correctamente la mecánica básica de la competencia electoral. La otra posibilidad que no debemos descartar es que la apertura y desbloqueo se menosprecien muy conscientemente, ya que también es cierto que siempre perjudican los intereses de los partidos políticos al forzarlos a competir en nuevos terrenos y de muchos diputados y cargos de partidos que saben que dificilmente conseguirían ganarse la confianza de los electores por sus propios méritos y cualidades.

Muchas veces nos olvidamos de que la libertad de elección no es necesariamente un fin deseable en sí mismo. Su importancia radica principalmente en que es un medio o instrumento muy eficaz para aumentar la felicidad de los individuos permitiendo a estos escapar de lo que les desagrada y acceder a lo que les favorece. Aunque no se observen elecciones diferentes en el nuevo equilibrio, eso no quiere decir que los individuos no hayan mejorado: hay que fijarse en todas las decisiones de todos los agentes involucrados en el problema, y casi siempre la mejora es segura.

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